CONVENIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO SOCIAL EDUCATIVO. EL CELEBRADO POR EL CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO (CONAFE), DERIVADO DEL REGLAMENTO PARA LA EDUCACIÓN COMUNITARIA, ES IDÓNEO PARA ACREDITAR UNA RELACIÓN DISTINTA A LA LABORAL.
Texto de la tesis
Hechos: En un juicio laboral una persona demandó del Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE), el pago de la indemnización constitucional y diversas prestaciones, derivado del despido injustificado del que dijo fue objeto. Por su parte, el organismo demandado negó la relación laboral y argumentó que conforme al Reglamento para la Educación Comunitaria, celebró con el actor un convenio de prestación de servicio social educativo, el cual no exhibió. La Junta declaró procedente la acción y condenó al pago de las prestaciones reclamadas; determinación contra la cual el demandado promovió jui...
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