RESOLUCIÓN QUE CONFIRMA UN AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO. DEBE TENERSE POR CONSENTIDA CUANDO SE SEÑALA COMO ACTO RECLAMADO Y CON POSTERIORIDAD LA PARTE QUEJOSA ACEPTA QUE LA CAUSA PENAL QUE SE SIGUE EN SU CONTRA SE RESUELVA A TRAVÉS DE UN PROCEDIMIENTO ABREVIADO QUE ES AUTORIZADO JUDICIALMENTE.
Texto de la tesis
Hechos: Al promover un juicio de amparo indirecto la parte quejosa reclamó la resolución de segunda instancia que confirmó un auto de vinculación a proceso que pesa en su contra, en el que alegó la inconstitucionalidad de los artículos 114 y 117, fracción I, del Código Nacional de Procedimientos Penales. Ante la negativa del amparo decretada interpuso recurso de revisión, el cual fue remitido a este alto tribunal para conocer del reclamo de inconstitucionalidad de esos preceptos. Con posterioridad el recurrente aceptó que la causa penal fuera resuelta a través de un procedimiento abreviado en...
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