IUSera
Registro digital 2023379 · Tesis aislada · 11a. Época · XXIII.1o.2 A (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO TERCER CIRCUITO.

RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS. EL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE ZACATECAS DEBE AJUSTAR SU ESTRUCTURA COMPETENCIAL A LA LEY GENERAL RELATIVA PARA RESOLVER EL RECURSO DE APELACIÓN EN LA MATERIA, A EFECTO DE SALVAGUARDAR EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA DOBLE INSTANCIA (INTERPRETACIÓN DE LA LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA LOCAL VIGENTE HASTA EL 3 DE ENERO DE 2021).

Procesal y Justicia Administrativo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Conforme a los artículos 215, 217 y 218 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el recurso de apelación procede contra las resoluciones que emita el "tribunal" en el procedimiento de responsabilidad administrativa, el cual debe ser tramitado y resuelto por el superior jerárquico del órgano que las emitió; conclusión que es acorde con los artículos 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 8, numeral 2, inciso h), de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que establecen los derechos fundamentales a la tutela jurisdiccional efectiva y a recurrir un...

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