JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. PROCEDE CONTRA LA RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE RECLAMACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 214 DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN.
Texto de la tesis
El último párrafo del artículo 214 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León establece que la resolución recaída al recurso de reclamación no admitirá otro medio ordinario de defensa, pero ello se refiere única y exclusivamente a los recursos previstos en esa ley, a saber, los de revocación, apelación y revisión, pues atendiendo al principio de especialidad de la norma, sólo puede regular la procedencia de los señalados, mas no de los contenidos y regulados en leyes diversas; asimismo, dicho precepto no regula el juicio contencioso administrativo, que tiene distin...
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