CONCURSO MERCANTIL. EL PLAZO PARA PROMOVER EL INCIDENTE DE OBJECIÓN DE CRÉDITO CONTRA LA MASA ES DE CINCO DÍAS, EN ATENCIÓN AL PRINCIPIO DE IGUALDAD PROCESAL (INAPLICABILIDAD SUPLETORIA DEL ARTÍCULO 1079 DEL CÓDIGO DE COMERCIO).
Texto de la tesis
La oportunidad para promover el incidente de objeción de un crédito contra la masa es de cinco días, al ser el término que la Ley de Concursos Mercantiles otorga para contestar los incidentes. En efecto, el artículo 267 de la Ley de Concursos Mercantiles dispone que para el conocimiento y decisión de las diversas cuestiones que se suscitaren durante la tramitación del concurso mercantil, que no tengan prevista una sustanciación especial se plantearán, por el interesado, a través de la vía incidental ante el Juez, estableciendo en su fracción I que del escrito inicial del incidente se correrá t...
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