JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. ES IMPROCEDENTE CONTRA LA NEGATIVA DE DESAHOGAR EL MEDIO DE PRUEBA RELATIVO A LA OPINIÓN PERICIAL, EN LA ETAPA DE INVESTIGACIÓN FORMALIZADA, PUES NO CONSTITUYE UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN AL NO TRASTOCAR LOS DERECHOS SUSTANTIVOS DE DEFENSA, IGUALDAD PROCESAL Y DEBIDO PROCESO.
Texto de la tesis
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes llegaron a posturas contrarias al analizar la procedencia del juicio de amparo indirecto cuando en la etapa de investigación formalizada se niega al imputado exhibir los estudios que sirvieron para emitir un dictamen pericial, esto es, el descubrimiento probatorio, pues mientras para uno es improcedente, el diverso resolvió la procedencia, cuando en dicha etapa, se niegue al imputado el auxilio respecto a una diligencia de investigación para realizar una valoración pericial. Criterio jurídico. El Pleno del Decimoséptimo Circuito estab...
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