DELITO DE PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD DE MENORES DE EDAD. AUN CUANDO ES UNISUBSISTENTE, SE ACTUALIZA EN GRADO DE TENTATIVA SI EL SUJETO ACTIVO TOMA AL PASIVO, SIN LOGRAR PONERLO BAJO SU ESFERA DE PODER (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).
Texto de la tesis
A pesar de la denominación del capítulo en el que se ubica, el verbo núcleo del tipo penal del delito de privación de la libertad de menores de edad, previsto en el artículo 262, párrafo primero, del Código Penal del Estado de México, consiste en apoderarse de un menor de dieciocho años de edad, por quien es extraño a su familia y no en la privación de la libertad del menor en estricto sentido; de ahí que por "apoderamiento" debemos entender el acto mediante el cual el sujeto activo –extraño a su familia– toma al pasivo y lo pone bajo su esfera de poder, lo que implica algo más allá de la mera...
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