IUSera
Registro digital 2023104 · Jurisprudencia · 11a. Época · 2a./J. 22/2021 (10a.) · Segunda Sala

CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DE AMPARO. EL SECRETARIO ENCARGADO DEL DESPACHO DEL JUZGADO DE DISTRITO POR VACACIONES DEL TITULAR, ESTÁ FACULTADO PARA PRONUNCIARSE SOBRE EL ACATAMIENTO DE LA EJECUTORIA PROTECTORA, POR SU CARÁCTER URGENTE.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Uno de los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes, al analizar si el pronunciamiento sobre el cumplimiento de una sentencia de amparo puede estimarse como un auto de trámite o una resolución de carácter urgente y, en consecuencia, si el secretario encargado del despacho del Juzgado de Distrito por vacaciones de su titular está facultado para decidir sobre el particular, sostuvo que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 161 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, dicho secretario está facultado para pronunciarse sobre el cumplimiento de las sente...

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