IUSera
Registro digital 2023094 · Tesis aislada · 11a. Época · II.3o.P.105 P (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEGUNDO CIRCUITO.

SUSPENSIÓN DEFINITIVA EN EL AMPARO EN MATERIA PENAL. PROCEDE CONCEDERLA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 163 DE LA LEY DE LA MATERIA CONTRA LA MEDIDA CAUTELAR CONSISTENTE EN LA PROHIBICIÓN DE SALIR DEL PAÍS SIN AUTORIZACIÓN PREVIA DEL JUEZ DE CONTROL.

Constitucional y Amparo Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Cuando en el juicio de amparo en materia penal se solicita la suspensión definitiva contra la medida cautelar consistente en la prohibición de salir del país sin autorización previa del Juez de Control, procede concederla en términos del artículo 163 de la Ley de Amparo, que establece que cuando el amparo se solicite contra actos que afecten la libertad personal dentro de un procedimiento del orden penal, la suspensión producirá el efecto de que el quejoso quede a disposición del órgano jurisdiccional que conozca del amparo, sólo en lo que se refiere a dicha libertad, pero a disposición de la...

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