IUSera
Registro digital 2023043 · Tesis aislada · 10a. Época · I.18o.A.112 A (10a.) · DÉCIMO OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

MARCAS NOMINATIVAS. EL ISOTIPO O COMPONENTE FUNDAMENTAL NO RECAE EN PALABRAS DE USO COMÚN.

Mercantil
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El examen de novedad que debe realizar el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, para determinar si procede otorgar o rechazar la petición de registro de este tipo de marcas, cuando están compuestas de palabras de uso común, no debe constreñirse a esas expresiones. Se debe distinguir entre el registro de una marca, que conforme a lo previsto en el artículo 87 de la Ley de la Propiedad Industrial otorga el derecho a su uso exclusivo y, por otro lado, la apropiación de palabras de uso común. El catálogo de restricciones a que se refiere el artículo 90 del citado ordenamiento permite esta...

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