SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO Y ORAL. CONSECUENCIAS DE LA INFRACCIÓN A LA PROHIBICIÓN A LA PERSONA JUZGADORA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 20, APARTADO A, FRACCIÓN VI, DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL, DE SOSTENER ENTREVISTAS CON CUALQUIERA DE LAS PARTES SIN QUE ESTÉ PRESENTE LA OTRA, EN JUICIOS BAJO SU CONOCIMIENTO, Y EXCEPCIONES A LA MISMA.
Texto de la tesis
Hechos: En la audiencia de juicio oral, el tribunal tomó un receso a fin de que dos de las juzgadoras que lo integraban se entrevistaran con una niña, en su calidad de víctima, para poder constatar su estado emocional y la viabilidad de que emitiera su declaración. Seguido el proceso, el imputado fue sentenciado bajo el sistema penal acusatorio. Al fallarse el juicio de amparo directo, el Tribunal Colegiado de Circuito sostuvo que no existió una violación a la fracción VI del apartado A del artículo 20 de la Constitución General, pues en su interpretación, cuando la víctima sea un niño, niña o...
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