SOLICITUD DE REINCORPORACIÓN AL PADRÓN DE IMPORTADORES DE SECTORES ESPECÍFICOS. SU RECHAZO CONFORME A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2019, CONSTITUYE UNA RESOLUCIÓN DEFINITIVA IMPUGNABLE MEDIANTE EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL.
Texto de la tesis
Los contribuyentes suspendidos del Padrón de Importadores de Sectores Específicos, con base en el artículo 84 del Reglamento de la Ley Aduanera o en la regla 1.3.3. de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2019, podrán solicitar que se deje sin efectos la medida precautoria a través de la ficha de trámite 7/LA; procedimiento del cual se desprenden las siguientes etapas: 1) Si la solicitud cuenta con todos los elementos o medios suficientes que permitan corroborar que fue subsanada o desvirtuada la irregularidad por la que se le suspendió del padrón, la resolverá la Administración Cent...
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