GARANTÍA EXHIBIDA EN UN INCIDENTE DE SUSPENSIÓN. NO PUEDE SURTIR EFECTOS EN DIVERSO JUICIO DE AMPARO PROMOVIDO POR LA MISMA QUEJOSA, AUN CUANDO LOS ACTOS RECLAMADOS SE HAYAN EMITIDO POR LA MISMA AUTORIDAD RESPONSABLE Y DERIVEN DEL MISMO ASUNTO DE ORIGEN.
Texto de la tesis
Hechos: En el incidente de suspensión de un juicio de amparo indirecto se concedió la suspensión de los actos reclamados y se fijó una garantía a la quejosa. Ésta señaló que debía tenerse en cuenta la exhibida en diverso juicio de amparo promovido por ella, contra actos de la misma autoridad responsable y emanados del mismo juicio de origen. El Juez de Distrito no acordó de conformidad esa solicitud, pues señaló que a pesar de que la promovente es parte quejosa en ambos juicios y que los actos reclamados emanan de un mismo procedimiento, cada suspensión debía ser garantizada en forma independi...
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