ACCIÓN DE RETRACTO. ES IMPROCEDENTE LA EJERCIDA POR EL INQUILINO, AUN CUANDO ALEGUE QUE NO SE RESPETÓ SU DERECHO DEL TANTO Y QUE REALIZÓ MEJORAS AL INMUEBLE ARRENDADO, AL NO ESTAR PREVISTA EN LAS NORMAS QUE RIGEN AL ARRENDAMIENTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).
Texto de la tesis
Es improcedente la acción de retracto que conlleva la subrogación de derechos y obligaciones de un tercero, cuando quien la ejerce es el inquilino y éste funda su derecho accionario en un contrato de arrendamiento destinado al comercio y aduce que realizó mejoras al inmueble arrendado y que no se le respetó su derecho de preferencia por el tanto, previsto por el artículo 2026 del Código Civil del Estado de Jalisco, toda vez que el citado código sustantivo, al regular el arrendamiento, no prevé norma alguna que contemple la figura del retracto, por ende, no es factible ejercerla, en atención al...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.