DENUNCIA POR INCUMPLIMIENTO DE LA DECLARATORIA GENERAL DE INCONSTITUCIONALIDAD, PREVISTA EN EL ARTÍCULO 210 DE LA LEY DE AMPARO. NO CONSTITUYE UN MEDIO QUE EXCLUYA LA POSIBILIDAD DE PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO, RESPECTO DE LA PERSONA QUE RESIENTE AFECTACIÓN CON MOTIVO DE UN ACTO DE APLICACIÓN DE LA NORMA INVALIDADA, CUANDO FUE AJENA A LA CONTROVERSIA EN LA QUE SE EMITIÓ LA DECLARATORIA.
Texto de la tesis
La denuncia por incumplimiento de la declaratoria general de inconstitucionalidad que prevé el artículo 210 de la Ley de Amparo, con motivo del acto de aplicación de una norma general invalidada, en relación con los artículos 47, párrafo tercero y 72, segundo párrafo, de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto de las personas ajenas a las controversias –acción de inconstitucionalidad o controversia constitucional– a través de la cual se emitió la declaratoria general de inconstitucionalidad, en tanto q...
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