IUSera
Registro digital 2022782 · Jurisprudencia · 10a. Época · 2a./J. 59/2020 (10a.) · Segunda Sala

IMPUESTO SOBRE NÓMINAS. EN ATENCIÓN AL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA, PARA SU DETERMINACIÓN DEBE APLICARSE UNA TASA FIJA A LA BASE GRAVABLE, PARA QUE EL CONTRIBUYENTE CONOZCA LA CUOTA TRIBUTARIA QUE DEBE PAGAR A LA HACIENDA LOCAL.

Fiscal y Hacendario
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Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes se pronunciaron sobre el principio de proporcionalidad tributaria en relación con el impuesto sobre nóminas; uno de ellos arribó al convencimiento de que en el caso debe aplicarse una tasa progresiva por ser la herramienta más útil para gravar la riqueza. En cambio, el diverso órgano jurisdiccional advirtió que el tributo analizado no grava la riqueza sino las erogaciones, por tanto, determinó que debe aplicarse una tasa fija. Criterio jurídico: Esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluye que para determina...

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