IUSera
Registro digital 2022746 · Jurisprudencia · 10a. Época · VII.2o.T. J/72 L (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

HORAS EXTRAS. DEBEN EXCLUIRSE DE SU CONDENA LOS DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO O FESTIVOS, CUANDO NO EXISTA CONTROVERSIA RESPECTO A SI SE LABORARON.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Cuando en un juicio laboral el trabajador reclama el pago de horas extras, pero no especifica que prestó sus servicios en días de descanso obligatorio o festivos, debe entenderse que los descansó por mandato expreso del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo; por ende, la condena que los considera dentro del periodo correlativo es ilegal, sin que sea obstáculo a lo anterior que la patronal quejosa, al contestar la demanda promovida en su contra, no se hubiese excepcionado sobre el particular, en tanto que los días de descanso obligatorio o festivos derivan de la propia legislación laboral,...

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