IUSera
Registro digital 2022672 · Tesis aislada · 10a. Época · XXX.2o.2 P (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGÉSIMO CIRCUITO.

INCIDENTE POR EXCESO O DEFECTO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA SUSPENSIÓN EN EL AMPARO. ES INFUNDADO SI EL ACTO RECLAMADO, RESPECTO DEL QUE SE OTORGÓ, LO CONSTITUYE LA ORDEN DE APREHENSIÓN EJECUTADA Y EL JUEZ DE CONTROL, DURANTE LA VIGENCIA DE LA MEDIDA SUSPENSIONAL, IMPONE AL IMPUTADO-QUEJOSO PRISIÓN PREVENTIVA JUSTIFICADA.

Constitucional y Amparo Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De la interpretación armónica y sistemática de los artículos 163 y 166, fracción II, párrafo segundo, de la Ley de Amparo, se colige que el legislador federal estableció que, tratándose de delitos que no impliquen prisión preventiva oficiosa y el imputado-quejoso se encuentre materialmente detenido por la orden de aprehensión o reaprehensión emitida por autoridad competente, y el Ministerio Público actuante en el procedimiento penal solicite al Juez de Control la prisión preventiva y éste la acuerde de conformidad, el efecto de la suspensión sólo será el establecido en la fracción I del propio...

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