IUSera
Registro digital 2022671 · Tesis aislada · 10a. Época · X.1o.T.5 L (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL DECIMO CIRCUITO.

INCIDENTE DE FALTA DE PERSONALIDAD EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. LA OPORTUNIDAD DE SU PRESENTACIÓN SE RIGE POR LOS ARTÍCULOS 66 Y 67 DE LA LEY DE AMPARO Y NO POR EL DIVERSO 297, FRACCIÓN II, DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio de amparo indirecto se promovió incidente de falta de personalidad respecto de la reconocida a la apoderada de la parte quejosa. Seguido el trámite, el Juez de Distrito dictó sentencia interlocutoria en la cual sostuvo que el incidente era extemporáneo al ser presentado fuera del plazo de tres días que prevé el artículo 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. Inconforme con esa sentencia, el recurrente promovió el recurso de queja. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el in...

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