IUSera
Registro digital 2022632 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.XXII. J/24 A (10a.) · PLENO DEL VIGESIMO SEGUNDO CIRCUITO.

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO. LA RESPUESTA DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES (CNBV), A LA RECLAMACIÓN PRESENTADA POR LA OMISIÓN DE EJERCER SUS FACULTADES EN MATERIA DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA RESPECTO DE UN ENTE FINANCIERO, DEBE RESPETAR EL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA.

Financiero y Bancario Administrativo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Cuando se presenta una reclamación ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), argumentando que la actividad administrativa irregular deriva de una o varias omisiones de ésta de ejercer sus facultades en materia de inspección y vigilancia respecto de un ente financiero, a fin de respetar el principio de congruencia, dicho organismo en su respuesta, debe establecer en cuál de los supuestos legales se encuentra el reclamante, además de precisar si los actos omisivos que se le atribuyen son de carácter instantáneo o continuo, si éstos cesaron y el momento a partir de que esto ocurrió,...

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