ACTOS Y RESOLUCIONES EMITIDOS EN LA AUDIENCIA INICIAL EN PRESENCIA DEL QUEJOSO DENTRO DEL PROCESO PENAL ACUSATORIO. EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO EN SU CONTRA, DEBE INICIAR A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA CELEBRACIÓN DE AQUELLA DILIGENCIA [ACLARACIÓN DE LA TESIS II.2O.P.83 P (10A.)].
Texto de la tesis
Hechos: En el marco de un proceso penal acusatorio, el quejoso combatió, vía amparo indirecto, la calificación de la detención emitida en la audiencia inicial; el Juez de Distrito estimó que la demanda de amparo no se presentó dentro del plazo de quince días previsto en el artículo 17 de la ley de la materia, por lo que se actualizaba la causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XIV, del ordenamiento citado, relativa a el consentimiento tácito del acto reclamado. Criterio jurídico: En una nueva reflexión sobre el tema abordado en la tesis aislada II.2o.P.83 P (10a.), este tr...
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