VIDEOGRABACIONES DE LAS AUDIENCIAS CELEBRADAS EN LOS JUICIOS ORALES MERCANTILES. PARA LA VALIDEZ DE LA CERTIFICACIÓN DE LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS QUE LAS CONTIENEN, NO ES REQUISITO INDISPENSABLE QUE SE HAGA CONSTAR QUE "ES COPIA FIEL Y EXACTA" DEL REGISTRO ORIGINAL.
Texto de la tesis
El artículo 1390 Bis 28 del Código de Comercio establece la obligación del secretario del Juzgado de certificar el medio digital en donde se encuentren registradas las audiencias en el juicio oral mercantil, así como de identificar dicho medio con el número de expediente y tomar las medidas necesarias para evitar que pueda alterarse. De la interpretación conjunta del artículo mencionado, con el artículo 217 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio, en términos de su artículo 1063, se concluye que son elementos indispensables y, por tanto, mín...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.