IUSera
Registro digital 2022539 · Tesis aislada · 10a. Época · X.1o.T.4 L (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL DECIMO CIRCUITO.

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE TABASCO. SU RECONOCIMIENTO DE BASE DEBE RETROTRAERSE HASTA EL DÍA SIGUIENTE AL EN QUE HAYAN ADQUIRIDO EL DERECHO DE INAMOVILIDAD, LO QUE SUCEDE CUANDO HAN LABORADO SEIS MESES ININTERRUMPIDOS Y SIN NOTA DESFAVORABLE EN UN PUESTO BASIFICABLE.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Diversos trabajadores al servicio del Estado de Tabasco promovieron juicio laboral en el que demandaron el reconocimiento de base desde la fecha de ingreso; al respecto, la autoridad laboral declaró procedente dicho reclamo, pero resolvió que la basificación debía otorgarse a partir del día en que se dictó el laudo. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el reconocimiento de base debe retrotraerse hasta el momento en que se generó el derecho de inamovilidad en el puesto, es decir, hasta el día siguiente al en que los trabajadores cumplieron seis meses de s...

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