TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE TABASCO. SU RECONOCIMIENTO DE BASE DEBE RETROTRAERSE HASTA EL DÍA SIGUIENTE AL EN QUE HAYAN ADQUIRIDO EL DERECHO DE INAMOVILIDAD, LO QUE SUCEDE CUANDO HAN LABORADO SEIS MESES ININTERRUMPIDOS Y SIN NOTA DESFAVORABLE EN UN PUESTO BASIFICABLE.
Texto de la tesis
Hechos: Diversos trabajadores al servicio del Estado de Tabasco promovieron juicio laboral en el que demandaron el reconocimiento de base desde la fecha de ingreso; al respecto, la autoridad laboral declaró procedente dicho reclamo, pero resolvió que la basificación debía otorgarse a partir del día en que se dictó el laudo. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el reconocimiento de base debe retrotraerse hasta el momento en que se generó el derecho de inamovilidad en el puesto, es decir, hasta el día siguiente al en que los trabajadores cumplieron seis meses de s...
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