IUSera
Registro digital 2022538 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.I.L. J/68 L (10a.) · PLENO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

TRABAJADORES DE CONFIANZA DE NACIONAL FINANCIERA, SOCIEDAD NACIONAL DE CRÉDITO, INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO (NAFIN). HIPÓTESIS EN LA QUE TIENEN DERECHO AL PAGO DE SALARIOS CAÍDOS.

Laboral y Seguridad Social Financiero y Bancario
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Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes emitieron criterios contradictorios sobre si en caso de cese injustificado, los trabajadores de confianza de dicha institución financiera, tienen o no derecho a, además de la indemnización, al pago de salarios caídos. Criterio jurídico: Los trabajadores de confianza de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo (Nafin), sí tienen derecho al pago de salarios caídos en algunas hipótesis. Justificación: Las Condiciones Generales de Trabajo de dicha institución (1994-1997 y 2006), señalan que los...

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