IUSera
Registro digital 2022512 · Jurisprudencia · 10a. Época · 1a./J. 57/2020 (10a.) · Primera Sala

EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS AL DEMANDADO EN EL JUICIO ORAL MERCANTIL. DEBE DECRETARSE LA CADUCIDAD DE LA INSTANCIA ANTE EL INCUMPLIMIENTO DEL ACTOR DE PUBLICAR LOS EDICTOS.

Mercantil Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Los tribunales colegiados contendientes sostuvieron criterios distintos respecto de la consecuencia jurídica que debe decretarse para el caso del incumplimiento en que incurre la parte actora del juicio oral mercantil, derivado de su obligación procesal de publicar los edictos ordenados para emplazar a la parte demandada. Criterio jurídico: Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que, ante la circunstancia de incumplimiento descrita, debe operar la caducidad de la instancia prevista en el Código de Comercio y no una diversa sanción jurídica. Justificaci...

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