IUSera
Registro digital 2022472 · Tesis aislada · 10a. Época · III.7o.A.2 CS (10a.) · SEPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.

LIBERTAD DE TRABAJO DE LOS MÉDICOS. LA EXIGENCIA PREVISTA EN LOS ARTÍCULOS 6.1.1.1 Y 6.1.1.2 DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-008-SSA3-2017, DE QUE LOS ESPECIALISTAS EN EL TRATAMIENTO DEL SOBREPESO Y LA OBESIDAD QUE PRETENDAN LLEVAR A CABO CIRUGÍAS, CUENTEN CON UNA CERTIFICACIÓN EMITIDA POR EL CONSEJO CORRESPONDIENTE, SATISFACE LOS REQUISITOS PARA CONSIDERARLA UNA RESTRICCIÓN VÁLIDA A ESE DERECHO FUNDAMENTAL.

Constitucional y Amparo Salud
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La libertad de trabajo no es absoluta y, como otros derechos fundamentales, admite restricciones. Al analizar esas restricciones para determinar si son válidas o no, se debe comprobar que éstas satisfagan tres requisitos: a) que sean admisibles constitucionalmente, b) que sean necesarias, y c) que sean proporcionales. Ahora, si se atiende a que la práctica de la medicina no puede permanecer ajena a una regulación o control por parte del Estado, ya que el ejercicio de esta profesión necesariamente implica la probabilidad de afectación de derechos de terceros, se tiene que los artículos 6.1.1.1...

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