CONCEPTOS DE VIOLACIÓN INOPERANTES EN AMPARO DIRECTO LABORAL. LO SON AQUELLOS EN LOS QUE, EN UN SEGUNDO JUICIO, LA PARTE DEMANDADA Y QUEJOSA QUE NO ES TRABAJADOR, HACE VALER ALGUNA VIOLACIÓN FORMAL CLARA, NOTORIA Y EVIDENTE, COMO SERÍA LA OMISIÓN DE ANALIZAR UNA EXCEPCIÓN, QUE YA EXISTÍA DESDE QUE SE PROMOVIÓ UN PRIMER AMPARO Y NO SE INVOCÓ EN VÍA ADHESIVA.
Texto de la tesis
Del artículo 182 de la Ley de Amparo, se advierte que la parte que obtuvo sentencia favorable y la que tenga interés jurídico en que subsista el acto reclamado, podrán presentar amparo adhesivo al que promueva cualquiera de las partes que intervinieron en el juicio del que emana el acto reclamado, el cual procederá únicamente cuando el adherente trate de fortalecer las consideraciones vertidas en el fallo definitivo, a fin de no quedar indefenso, y cuando existan violaciones al procedimiento que pudieran afectar sus defensas trascendiendo al resultado del fallo. De ahí que si se promueve ampar...
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