IUSera
Registro digital 2022382 · Tesis aislada · 10a. Época · XVI.1o.A.205 A (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.

REVISIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA. LA REGULADA POR EL LEGISLADOR LOCAL EN LOS ARTÍCULOS 220 Y 221 DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO, QUE DOTA DE COMPETENCIA A LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO PARA RESOLVERLA, CONSTITUYE UNA INVASIÓN DE ESFERAS Y, POR ENDE, DEBE DESECHARSE.

Procesal y Justicia Administrativo
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Texto de la tesis

Los artículos 104, fracción III y 107, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establecen la competencia de los Tribunales Colegiados de Circuito para conocer del recurso de revisión interpuesto en contra de las resoluciones definitivas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, previsto en el diverso artículo 73, fracción XXIX-H, o bien, en contra de las sentencias dictadas en amparo indirecto por los Juzgados de Distrito. Ahora bien, a partir de las reformas constitucionales en materia de combate a la corrupción, las entidades federativas estableciero...

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