ALIMENTOS PROVISIONALES. LA RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE RECLAMACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 210 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE VERACRUZ, NO DEJA SIN OBJETO LA CONTROVERSIA DEL JUICIO.
Texto de la tesis
Las medidas cautelares buscan una adecuada y oportuna protección a los derechos controvertidos, pues a través de ellas se pueden evitar daños irreparables en los sujetos o la materia de la controversia, que se causen con el tiempo que conlleve el dictado de la sentencia, logrando así el aseguramiento y eficacia de la función jurisdiccional. Por lo que el objetivo principal de las medidas cautelares es preservar la materia del juicio, ya sea: 1) conservando la situación jurídica; o, 2) adelantando los efectos del fallo definitivo; para lo cual debe procurarse celeridad en el dictado de ése. Lo...
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