PERSONA EXTRAÑA A JUICIO POR EQUIPARACIÓN. PIERDE ESA CALIDAD EL QUEJOSO QUE, DURANTE LA TRAMITACIÓN DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, CONOCE DE MANERA COMPLETA Y EXACTA LA EXISTENCIA DEL PROCEDIMIENTO LABORAL DE ORIGEN EN EL QUE AÚN NO SE DICTA LAUDO [ALCANCE DE LAS JURISPRUDENCIAS 1A./J. 67/2013 (10A.) Y 2A./J. 198/2008].
Texto de la tesis
En la jurisprudencia 1a./J. 67/2013 (10a.), la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sostuvo que bastaba que antes de que se dictara sentencia el promovente del amparo tuviera conocimiento completo y exacto de la existencia del juicio seguido en su contra, para que perdiera el carácter de extraño al juicio por equiparación, en cuyo caso estaría en aptitud de integrarse a la relación procesal para hacer valer los recursos y medios de defensa ordinarios y, así, ejercer su garantía de audiencia. En congruencia con ello, en la jurisprudencia 2a./J. 198/2008, la Segunda Sala det...
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