BONO DE DESPENSA. LOS PENSIONADOS CONFORME A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO ABROGADA NO TIENEN DERECHO AL INCREMENTO DE ESA PRESTACIÓN ESTABLECIDO EN LOS MANUALES DE PERCEPCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EXPEDIDOS EN DOS MIL SIETE, DOS MIL OCHO Y DE DOS MIL ONCE A DOS MIL DIECISIETE.
Texto de la tesis
Criterios discrepantes: Los Tribunales Colegiados analizaron si los incrementos de la prestación denominada "bono de despensa", previstos en diversos Manuales de Percepciones de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, fueron o no otorgados de manera general de conformidad con los artículos 57 de la Ley del ISSSTE abrogada y 43 del Reglamento para el otorgamiento de pensiones de los trabajadores sujetos al régimen del artículo décimo transitorio del Decreto por el que se expide la Ley de ISSSTE, a efecto de resolver si los pensionados de ese Instituto tienen o no dere...
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