MEDIOS ELECTRÓNICOS. NO ESTÁ PERMITIDO EL ENVÍO O EXPEDICIÓN DE CONSTANCIAS CERTIFICADAS DEL EXPEDIENTE DE AMPARO POR ESE CONDUCTO.
Texto de la tesis
El Acuerdo General Conjunto 1/2015, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, que regula los servicios tecnológicos relativos a la tramitación electrónica del juicio de amparo, las comunicaciones judiciales y los procesos de oralidad penal en los Centros de Justicia Penal Federal, al igual que la Ley de Amparo, e incluso el Acuerdo General Conjunto Número 1/2013, del propio Máximo Tribunal del País, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la Firma Electrónica Certificada del Poder J...
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