IUSera
Registro digital 2022293 · Tesis aislada · 10a. Época · 2a. XL/2020 (10a.) · Segunda Sala

IMPUESTOS ECOLÓGICOS. LOS PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 14 A 27 DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE ZACATECAS QUE GRAVAN LA EMISIÓN DE GASES A LA ATMÓSFERA, Y LA EMISIÓN DE SUSTANCIAS CONTAMINANTES AL SUELO, SUBSUELO Y AGUA, NO SON INCONSTITUCIONALES AL NO EXISTIR CORRESPONDENCIA O IDENTIDAD ABSOLUTA ENTRE LOS INGRESOS A RECAUDAR Y LOS GASTOS A REALIZAR, POR LO QUE NO SE TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE DESTINO AL GASTO PÚBLICO.

Fiscal y Hacendario Ambiental
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona moral promovió juicio de amparo indirecto contra los artículos 14 a 27 de la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas con motivo de su entrada en vigor, al considerar que transgreden los principios de justicia fiscal contenidos en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución General, ya que no constituyen impuestos propiamente dichos, ni resultan ser proporcionales y equitativos; tampoco cumplen con el principio de legalidad, ni los recursos que se recauden por ellos se destinan al gasto público. Que los aludidos preceptos violan la esfera competencial de la Federación, f...

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