IMPUESTOS ECOLÓGICOS O COSTO EFICIENTES. LOS DENOMINADOS "POR LA EMISIÓN DE GASES A LA ATMÓSFERA", "POR LA EMISIÓN DE CONTAMINANTES AL SUELO, SUBSUELO Y AGUA", ASÍ COMO "AL DEPÓSITO O ALMACENAMIENTO DE RESIDUOS", REGULADOS EN LOS ARTÍCULOS 14 A 34 DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE ZACATECAS, NO INVADEN LA COMPETENCIA EXCLUSIVA DE LA FEDERACIÓN.
Texto de la tesis
Hechos: Personas morales promovieron juicio de amparo indirecto contra, entre otros, los artículos 14 a 34 de la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas, con motivo de su entrada en vigor, aduciendo que tales preceptos violan la esfera competencial federal. Criterio jurídico: La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que los artículos 14 a 34 de la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas no transgreden la competencia exclusiva del Congreso de la Unión para imponer contribuciones. Justificación: Por lo que hace al impuesto por la emisión de gases a la atmósfera, ést...
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