IUSera
Registro digital 2022242 · Tesis aislada · 10a. Época · (IV Región)2o.28 L (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.

CONFESIONAL PARA HECHOS PROPIOS A CARGO DEL DELEGADO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. ES ADMISIBLE EN CONFLICTOS INDIVIDUALES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ACREDITAR HECHOS CONTROVERTIDOS DE LOS QUE TENGA CONOCIMIENTO POR EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Conforme al artículo 787 de la Ley Federal del Trabajo, en el juicio ordinario laboral es posible citar a absolver posiciones a personas con funciones de dirección, administración y supervisión, siempre que: a) los hechos que originaron la controversia le sean propios, es decir, que le sean atribuidos en la demanda o en la contestación respectiva; o, b) que por el desempeño de sus funciones tengan conocimiento de los hechos controvertidos. Por otra parte, del numeral 144, fracciones XVII, XVIII, XIX y XXIX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano Seguro Social, se desprende que son atri...

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