PARIDAD DE GÉNERO. EXISTE MANDATO CONSTITUCIONAL Y CONVENCIONAL PARA GARANTIZARLA EN LA INTEGRACIÓN DE LOS AYUNTAMIENTOS, TANTO EN SU VERTIENTE VERTICAL COMO EN LA HORIZONTAL.
Texto de la tesis
Hechos: El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación llegaron a conclusiones diversas al plantearse si existe mandato constitucional para garantizar la paridad de género, en su vertiente horizontal para la conformación de Ayuntamientos. Mientras que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que no existía una obligación constitucional de prever la paridad horizontal, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió que tanto los partidos políticos com...
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