PERSONAL DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO. POSEE FACULTADES LEGALES PARA EJECUTAR SOLICITUDES DE AUTORIDADES JURISDICCIONALES Y ADMINISTRATIVAS NACIONALES, POR LO QUE ES INNECESARIO QUE REITERE LA FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DEL ACTO ORDENADO, YA QUE SÓLO TIENE FUNCIONES DE EJECUTOR.
Texto de la tesis
De una interpretación literal y sistemática de los artículos 44 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, así como 17, 18, 19, 81, 82, 87, 88, 89 y 90 de su reglamento, los jefes, cónsules y demás funcionarios del Servicio Exterior Mexicano son servidores públicos que tienen facultades expresas para ejecutar las diligencias que les soliciten los tribunales mexicanos, el Ministerio Público y otras autoridades de la Federación, Estados y Municipios de la República; también podrán actuar como auxiliares de las dependencias del Ejecutivo Federal, además, que el jefe de la Oficina del Servicio Exte...
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