MODIFICACIÓN DE LA CALIFICACIÓN DEL HECHO DELICTIVO MATERIA DE LA IMPUTACIÓN. LA FACULTAD DEL JUEZ DE CONTROL AL DICTAR AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO, NO ESTÁ CONDICIONADA A QUE SU EJERCICIO OPERE EN BENEFICIO O EN PERJUICIO DEL IMPUTADO (INTERPRETACIÓN DEL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 316 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES).
Texto de la tesis
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito que conocieron de los amparos en revisión respectivos, sostuvieron criterios distintos con relación a la facultad de los juzgadores de modificar la clasificación del hecho delictivo materia de la imputación al dictar auto de vinculación a proceso –prevista en el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales–, cuando la modificación implique agravar la situación del imputado. Criterio jurídico: La modificación de la calificación del hecho delictivo materia de la imputación, realizada al dictar auto de vinculación a proceso, puede operar...
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