IUSera
Registro digital 2022018 · Tesis aislada · 10a. Época · VII.2o.T.257 L (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

VACACIONES GENERADAS Y NO DISFRUTADAS DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE VERACRUZ. TIENEN DERECHO A DEMANDAR SU PAGO SI CONTINÚA LA RELACIÓN LABORAL POR HABER PROCEDIDO SU REINSTALACIÓN, AL EXISTIR IMPOSIBILIDAD JURÍDICA PARA GOZAR DE ELLAS.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Los trabajadores al servicio del Estado tienen derecho a demandar el pago correspondiente a los periodos vacacionales devengados que no hubiesen disfrutado, con independencia de que sean reincorporados en su cargo, por haber resultado procedente en el juicio la acción de reinstalación, pues no podrán gozar de ellos por existir imposibilidad jurídica para su disfrute, ya que conforme al artículo 53, en relación con el diverso 55, último párrafo, ambos de la Ley Número 364 Estatal del Servicio Civil de Veracruz, su goce está limitado sólo a los periodos establecidos en el calendario oficial, o b...

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