IUSera
Registro digital 2022016 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. XIV/2020 (10a.) · Primera Sala

TRANSMISIÓN DE OBRAS AUDIOVISUALES EN LAS HABITACIONES DE UN HOTEL. NO CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LOS DERECHOS A LA PRIVACIDAD E INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO DE SUS HUÉSPEDES.

Mercantil Turismo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La comunicación pública de obras audiovisuales en un hotel por conducto de televisores instalados en sus habitaciones no constituye un acto violatorio de los derechos a la privacidad e inviolabilidad del domicilio de sus huéspedes. Se afirma lo anterior, pues la comunicación pública de obras dentro de las habitaciones de los hoteles no representa un acto de molestia, intromisión o invasión a la privacidad de sus huéspedes, pues esa transmisión los mantiene incólumes en su persona humana y su dignidad, las cuales constituyen el objeto de protección jurídica de los derechos a la privacidad e inv...

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