IUSera
Registro digital 2021920 · Tesis aislada · 10a. Época · XV.6o.4 K (10a.) · SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO QUINTO CIRCUITO.

RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN II, INCISO B), DE LA LEY DE AMPARO. PROCEDE CONTRA LA RESOLUCIÓN DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE, QUE NO ACUERDA LA SOLICITUD DEL TERCERO INTERESADO DE FIJAR CONTRAGARANTÍA, POR NO CONTAR CON LOS AUTOS, CON MOTIVO DEL JUICIO DE AMPARO DIRECTO PROMOVIDO POR LA PARTE QUEJOSA.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 97, fracción II, inciso b), de la Ley de Amparo, establece que procede el recurso de queja en amparo directo, cuando la autoridad responsable, entre otros supuestos, rehúse la admisión de fianzas o contrafianzas. Ahora, el vocablo "rehúse" debe interpretarse en el sentido de toda aquella determinación por la cual no se satisface la pretensión del promovente, esto es, debe entenderse en una concepción amplia y armónica con los derechos fundamentales de tutela judicial efectiva y de acceso a la justicia que contempla el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Me...

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