NOTIFICACIÓN EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL REALIZADA POR BOLETÍN JURISDICCIONAL. ES REQUISITO INDISPENSABLE PARA SU LEGALIDAD, QUE PREVIAMENTE SE ENVÍE EL AVISO A LA DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO SEÑALADA POR EL INTERESADO.
Texto de la tesis
De acuerdo con lo establecido por los artículos 65 y 67 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con la interpretación que al respecto realizó la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis de la que derivó la jurisprudencia 2a./J. 92/2019 (10a.), se obtiene que una vez que las partes se apersonen a juicio, deberán señalar dirección de correo electrónico, bajo el apercibimiento que, de no hacerlo, no se enviará el aviso electrónico que corresponda; por lo que una vez cumplido ese requisito, para llevar a cab...
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