IUSera
Registro digital 2021879 · Tesis aislada · 10a. Época · XIII.2o.C.A.3 A (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y ADMINISTRATIVA DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.

INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACIONES EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. PARA DETERMINAR EL MOMENTO EN QUE INICIA EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA PROMOVERLO DEBE ATENDERSE A LA LETRA DEL ARTÍCULO 33 DE LA LEY FEDERAL QUE LO RIGE, SIN QUE SEA VÁLIDO ACUDIR A OTRO MÉTODO INTERPRETATIVO.

Procesal y Justicia Administrativo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Dicho incidente tiene por objeto revisar la legalidad de la notificación de los acuerdos o resoluciones del Magistrado instructor o de la Sala del Tribunal Federal de Justicia Administrativa funcionando en Pleno, en cuyo caso el perjudicado podrá pedir que se declare la nulidad dentro de los cinco días siguientes a aquel en que conoció el hecho, en términos del artículo 33 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, es decir, tiene su propio trámite y persigue un objetivo particular. Así, cuando se cuestiona una notificación por no haberse realizado conforme a la ley, no res...

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