DELEGADOS DEL GOBIERNO, MUNICIPIOS E INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS DE BAJA CALIFORNIA. AL SER PROFESIONALES DEL DERECHO Y ATENDER ASUNTOS DE ORDEN JURÍDICO QUE PUEDEN INVOLUCRAR EL TRATAMIENTO DE DATOS CONFIDENCIALES, DEBEN CONSIDERARSE COMO TRABAJADORES DE CONFIANZA, AUN CUANDO NO ESTÉN EXPRESAMENTE INCLUIDOS EN EL ARTÍCULO 6 DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL RELATIVA.
Texto de la tesis
El delegado es el profesional del derecho, empleado del Gobierno del Estado, Municipios e instituciones descentralizadas de Baja California, que por sus conocimientos especializados en la materia se encarga de atender los asuntos del orden jurídico que requieran la atención del órgano para el que labora, los cuales pueden involucrar el tratamiento de datos confidenciales. Así, aun cuando en el artículo 6 de la Ley del Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California, no se les incluya expresamente como trabajadores de confianza, lo cierto...
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