IUSera
Registro digital 2021836 · Tesis aislada · 10a. Época · III.2o.C.117 C (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

ANOTACIÓN REGISTRAL PREVENTIVA DE LA DEMANDA. ES IMPROCEDENTE FUNDAR SU LEVANTAMIENTO EN EL ARTÍCULO 254, FRACCIONES II Y VI, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE JALISCO.

Civil y Familiar Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Del contenido del capítulo VI "De las providencias precautorias", del título quinto denominado "De los actos prejudiciales", del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, el cual va de los numerales 249 a 262, se desprende que el legislador jalisciense reguló expresamente dos clases de "medidas cautelares como especie": 1) medidas de "aseguramiento", "conservativas" o "preservativas", las cuales, acorde con su regulación legal, tienden a "mantener una situación de hecho o de derecho existentes", es decir, se traducen en medidas de tipo conservativo, que procuran asegurar la utili...

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