AMPARO ADHESIVO. EL TERCERO INTERESADO EN EL JUICIO NATURAL ESTÁ LEGITIMADO PARA PROMOVERLO.
Texto de la tesis
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5o., fracción III, inciso a), de la Ley de Amparo, tiene el carácter de tercero interesado, la persona que haya gestionado el acto reclamado o aquel que tiene interés en que subsista; lo cual cobra aplicación cuando el tercero interesado en el juicio natural, tiene interés jurídico en la subsistencia del acto reclamado, en concordancia con el numeral 182, primer párrafo, del mencionado ordenamiento, que establece que la parte que haya obtenido sentencia favorable y la que tenga interés jurídico en que subsista el acto reclamado podrán presentar am...
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