IUSera
Registro digital 2021775 · Tesis aislada · 10a. Época · XIX.1o.A.C.8 K (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.

AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO. SI NO SE ACREDITA SU ESTRECHA RELACIÓN CON EL ESCRITO INICIAL, EL JUZGADOR DEBE PROVEER SU TRÁMITE COMO DEMANDA INDEPENDIENTE, EN OBSERVANCIA AL PRINCIPIO PRO ACTIONE.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

En el supuesto de que el promovente de un juicio de amparo indirecto pretenda modificar los términos de la litis original, por ejemplo, al reclamar nuevos actos, señalar nuevas autoridades o ampliar los conceptos de violación, como ello implica el ejercicio de la acción de amparo, es necesario que lo plantee como ampliación a la demanda, con la oportunidad que establece el artículo 111 de la Ley de Amparo, y la admisibilidad de ésta se entiende condicionada a la existencia de una estrecha relación entre una y otra causas, lo que corresponde a la figura procesal de la conexidad y atiende a los...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.