IUSera
Registro digital 2021731 · Jurisprudencia · 10a. Época · XXII.A.T. J/3 L (10a.) · TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL VIGESIMO SEGUNDO CIRCUITO.

CONTRATOS O CONVENIOS LABORALES. DEBE PREFERIRSE SU APLICACIÓN SI EN ELLOS SE ESTABLECEN DERECHOS SUPERIORES A LOS PREVISTOS EN LA LEY (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE QUERÉTARO).

Laboral y Seguridad Social
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Texto de la tesis

El artículo 104 de la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro dispone que en los convenios laborales no podrán pactarse condiciones menos favorables para los trabajadores que las contenidas en esa ley, en los convenios suscritos con anterioridad, la costumbre o conquista logradas por los sindicatos. Por su parte, el artículo quinto transitorio de la propia ley, determina que los acuerdos, convenios, reglamentos, costumbres, prerrogativas y, en general, los derechos establecidos en favor de los trabajadores, superiores a los que esa ley concede, continuarán surtiendo sus efectos en todo...

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