TRABAJADORES DE PETRÓLEOS MEXICANOS ESPECIALIZADOS EN EQUIPOS DE PERFORACIÓN, DE REPARACIÓN Y TERMINACIÓN DE POZOS EN ZONAS TERRESTRES Y LACUSTRES. REQUISITOS PARA LA PROCEDENCIA DEL PAGO DE VIÁTICOS QUE RECLAMEN (INTERPRETACIÓN DE LAS CLÁUSULAS 87 Y 88 DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO BIENIO 2013-2015).
Texto de la tesis
De la cláusula 87 del contrato colectivo de trabajo, celebrado entre Petróleos Mexicanos y el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, bienio 2013-2015, en relación con los apartados cuarto, quinto y séptimo del Acuerdo CMC/031/11, del 15 de julio de 2011, relativo a las Condiciones Especiales de Trabajo Personal de Equipos de Perforación y de Reparación y Terminación de Pozos en Zonas Terrestres y Lacustres, se advierte, en lo conducente, que tratándose de movilizaciones temporales y comisiones del servicio, el patrón pagará viáticos durante la permanencia del trabajador...
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