IUSera
Registro digital 2021706 · Tesis aislada · 10a. Época · XXVII.2o.4 A (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

SENTENCIAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA. AL SER OBLIGACIÓN DE LAS SALAS REGIONALES PRONUNCIARSE RESPECTO DE SU PLENO CUMPLIMIENTO, NO ES FORZOSO QUE EL ACTOR INSTE LA QUEJA PREVISTA EN LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 58 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

Procesal y Justicia Administrativo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece una prerrogativa en favor de las personas, consistente en contar con un acceso pronto, completo e imparcial a la administración de justicia para la solución de sus controversias, que incluye los medios eficaces para la plena ejecución de lo resuelto por los tribunales, de manera que las decisiones judiciales, con fuerza legal, de ninguna forma queden incumplidas o se ejecuten en plazos prolongados e inciertos, sino que sean efectivas e integrales, desde un punto de vista material y no únicamente formal. Por su...

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